sábado, 4 de diciembre de 2010

Seminario de periodismo: Libertad de expresiòn

El dia 20 de septiembre a las 19 hs, en el Auditorio Fundacion Banco Municipal, se llevò a cabo la segunda jornada del seminario de periodismo organizado por el partido Gen: Sociedad y Medios en la actualidad.

En dicha exposición, a cargo de los periodistas Roberto Caferra, Carlos Del Frade y Gerardo Martinez Lo Re, se profundizò sobre la temàtica "El periodista y la libertad de expresión" y la protagonista del encuentro fue La Nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Los conceptos e ideas más sobresalientes fueron las siguientes:

ü      Libertad de expresión: determina la existencia de la verdad. Corre el riesgo de caer en a prepotencia de las empresas privadas y no del estado, las cuales lesionan la libertad de expresión (censura)

ü      Es un instrumento de organización de una sociedad.

ü      Empresas privadas. Libertades reguladas por mercado: línea editorial-intereses. Importancia de la  Nueva Ley  para poner limites a la concentración mediática

ü      ¿Como se insertan los periodistas en un medio? ¿Pretender objetividad o tratar la percepción del público? En ese contexto, se puede producir una transformación de la realidad.

ü      Es importante conservar la ética periodística y decir la verdad, construir las cosas que pasan de la manera que pasan, tener honestidad.

Nueva Ley Vs. Monopolios y Concentración mediática.

Con el fin de impedir la formación de monopolios y oligopolios, el proyecto de ley pone límites a la concentración, fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio.



La concentración mediática :


¿Cómo afecta al pluralismo y la libertad de expresión?.
Los grandes grupos de comunicación que actúan en la Argentina han explotado las singulares características de toda la región: ausencia de políticas estatales de servicio público y falta de controles antimonopólicos. Capitalizando estas condiciones, los grandes grupos regionales aceleraron los procesos de concentración desde hace dos décadas a punto tal que las principales corporaciones son de facto los dueños de las unidades de producción, comercialización y distribución de más del 80% de los contenidos que reciben los ciudadanos.
Una de las diferencias conceptuales básicas para comprender los alcances de la concentración es la que se establece entre pluralidad y pluralismo: pluralidad alude al número; pluralismo a la diversidad. Es incorrecto, por lo tanto, creer que la existencia de numerosos diarios asegura el pluralismo, si estos pertenecen en su mayoría a un mismo grupo editorial. Lo mismo es válido para el resto de los medios.
En la Argentina existen numerosos títulos periodísticos, pero son muy pocos los grupos con verdadera influencia masiva y con capacidad económica para orientar los dos aspectos que distinguen su accionar: la articulación de la agenda pública y la absorción de la pauta publicitaria. En la Argentina se editaban cerca de 180 diarios en el 2004. Pero el mercado de la prensa está signado por el protagonismo de Clarín, que concentra el 31% de la circulación de periódicos, es decir que cada tres diarios que se venden en la Argentina, uno es Clarín. La diferencia entre la circulación de Clarín (410.000 ejemplares diarios) y su inmediato competidor, La Nación (185.000 ejemplares diarios), robustece la centralidad del primero a la hora de erigirse como referencia para la construcción de la agenda pública.
(Fuente: revista noticias nº 1703)-

¿Còmo afecta a la actividad periodística?

ü      El avance y consolidación de los complejos multimediales, donde un grupo de socios tiene el control, manejo y propiedad de varias empresas de comunicación, se presenta como telón de fondo del cual emergen las siguientes premisas que asocian a los multimedios con la práctica profesional.
ü       El potencial informativo de los multimedios como valor agregado es relativo ya que la articulación de los mismos desde un mismo grupo empresarial no redunda en un mayor y más eficaz nivel de información
ü      El avance de la concentración en la propiedad de los medios reduce o afecta el espacio público y desfavorece la pluralidad informativa.
ü       Implica un peligro en cuanto a que la noticia se da en un solo sentido, se anulan todos los otros posibles.
ü      La centralización de la información supone una amenaza a la veracidad de la noticia, ya que si todos los medios informan lo mismo, resulta difícil verificar la realidad.
ü      Los periodistas han perdido el monopolio de la información por el contexto multimedia tico, criterios de rentabilidad han tomado poder y obligan a emitir mensajes sencillos, rápidos, divertidos.
ü      Si al periodista se lo somete a un exceso de control, termina produciendo mal porque se coarta su creatividad. Si la dispersión de enfoques e ideas es total, también el resultado es malo. Al obtener determinada noticia, al redactarla o narrarla, al comentarla, al dimensionarla y, sobre todo, al titularla el periodista ejerce su creatividad y subjetividad. Pero siempre el periodista sabe que tiene que moverse dentro de la línea, de la tendencia del medio donde se desempeña.
(Fuente: Taringa)-

Es importante que nosotros como futuros periodistas podamos tener en cuenta estas cuestiones y distinguir la importancia de la nueva ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en este contexto, y en lo que será en un futuro nuestro ámbito de trabajo; así mismo,  que los ciudadanos puedan considerar  el valor de la libertad de expresión y el pluralismo que impulsa este proyecto, siendo fundamentales en una sociedad democrática.

jueves, 2 de diciembre de 2010

Otras Voces a favor de la Nueva Ley: organizaciones e instituciones

Organización de las Naciones Unidas
El Relator Especial de la ONU sobre el Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, Frank Larue, se manifestó a favor de la iniciativa promovida por el gobierno argentino:
Esta propuesta de ley es un modelo único en el mundo y un ejemplo para todos los demás países, en virtud de que garantiza el acceso de todos los sectores a las frecuencias de la radio y la televisión manteniendo el principio de pluralismo y diversidad en el ejercicio de la libertad de expresión”.

Organizaciones de periodistas
La Federación Internacional de Periodistas (FIP), una organización con sede en Bruselas que agrupa a más de 600.000 profesionales de 120 países y es según su vicepresidente Osvaldo Urriolabeitia la organización más representativa de periodistas a nivel mundial, dio a conocer en mayo de 2009 un comunicado de adhesión a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, firmado por el periodista británico Aidan White, secretario general de dicha organización. En el comunicado, la organización de periodistas sostuvo que apoyaba la nueva ley tanto en la forma, representada por el apoyo explícito recibido y el debate de todos los puntos que se impulsa a lo largo y a lo ancho del país, como en lo medular, por contener preceptos claros y precisos para evitar la concentración de los medios de comunicación y la tendenciosa uniformidad del mensaje informativo, posibilitando la multiplicidad de voces para hacer realidad el Derecho universalmente reconocido que todos tenemos de informar libremente y ser verazmente informados.
La ONG internacional Reporteros sin Fronteras, sostuvo en abril de 2009:“Ya es hora de terminar con la herencia de las dictaduras militares. Argentina está en ello con una nueva ley de radiodifusión, que va a democratizar el espacio audiovisual”.

Universidades Nacionales y comunidad educativa
El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que agrupa a todas las universidades nacionales de la Argentina, aprobó por unanimidad en una reunión de todos los rectores en la ciudad cordobesa de Villa María su adhesión a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Asimismo, la ley fue apoyada por investigadores, docentes y estudiantes de carreras universitarias de comunicación de diferentes universidades nacionales durante el «Séptimo Encuentro Nacional de Carreras de Comunicación» organizado por la Universidad Nacional del Comahue y la Federación Argentina de Carreras de Comunicación Social en la localidad rionegrina de General Roca.

Organizaciones de comunicación
En marzo de 2009 cinco organizaciones latinoamericanas de comunicación enviaron una carta a la presidenta argentina, en la que manifestaban su apoyo al entonces proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual:
“Las Redes de Comunicación latinoamericanas nos complacemos y la felicitamos por la propuesta de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual presentada hace pocos días para su debate.”
Las organizaciones firmantes de la misiva fueron:
ü      la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC), organización con estatus consultivo ante Naciones Unidas;
ü      la Asociación Latinoamericana de Educación Radiofónica (ALER), cuya misión es la democratización de las comunicaciones;
ü      la Agencia Latinoamericana de Información (ALAI), que también lucha por la democratizar la comunicación y tiene estatus consultivo ante la ONU;
ü      la Organización Católica Latinoamericana y Caribeña de Comunicación (OCLACC), una red organizada de instituciones, comunicadores y profesionales de la comunicación de América Latina y el Caribe;
ü      y la Asociación Radialistas Apasionadas y Apasionados, que busca democratizar la comunicación con una perspectiva de género.


(Fuente: Wikipedia)

martes, 23 de noviembre de 2010

Las repercusiones de la Nueva Ley de Medios

Distintas voces de figuras reconocidas en los medios opinaron sobre la concentración mediática, la democratización, la pluralidad, libertad de expresión, y sobre todo, la importancia de la presencia de la nueva ley de servicios de comunicación audiovisual en la sociedad.


Víctor Heredia (músico, cantante, compositor)
"Es loable pensar en la obligatoriedad de un porcentaje mínimo de presencia de música nacional en las emisoras para recuperar autores y compositores argentinos".

Estela de Carlotto (abuelas de plaza de mayo)
“Esta ley se la tenemos que dejar a los jóvenes y a los niños para que nazcan y no se les impongan nada, sino que por si mismos puedan pensar”

Adolfo Perez Esquivel (Premio Nóbel de la paz)
“Esto no es una ley k, esto es una ley de todos los argentinos”

Alejandro Dolina (escritor, músico y conductor)
“La ley anterior es ilegitima por provenir de la dictadura”

Gustavo Garzón (actor)
“Hay que democratizar los medios de comunicación. No es la única verdad la de los dueños de los medios. Hay un pueblo que también tiene sus verdades”

Jorge Lanata (periodista)
“Es una ley que se dio durante el estado militar, la democracia tiene que cambiarla. Si pudiéramos cambiar todas las leyes de la dictadura por leyes de la democracia seria mas sano”

Juan Pablo Varsky  (periodista deportivo)
“Conozco bien el desarrollo de los cables y se que necesitamos una ley que le de marco a un fenómeno que por falta de regulación termino generando un cuadro de mucho monopolio”.

Ernestina Pais (conductora y periodista)
“Intentamos hacer un país mas democrático y para eso me parece necesario que se toque la ley de radiodifusión y se la mejore”.


Federico Luppi (actor)
“Si la ley se aprueba, va a aparecer un amplísimo campo de diversificación de fuentes que servirá para terminar con grupos que están cohesionados para defender intereses”.

Florencia Peña (actriz y conductora)
“Es muy importante entender q es una ley q excede a los Kirchner y que si tiene q ver con todos los argentinos”.


Y vos... ¿Qué opinas?
Como ciudadanos tenemos derecho a expresarnos libremente y construir un pensamiento propio, en el marco de la democracia. La nueva ley de medios impulsa  la pluralidad, la libertad de expresión y la participación ciudadana.

lunes, 22 de noviembre de 2010

"Los 21 puntos de la iniciativa ciudadana por una ley de radiodifusion de la democracia", en profundidad

Punto 1
Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos.

Punto 2
La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información.

Punto 3
Se garantizarà la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.

Punto 4
Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados intencionales. Deben ser administrados por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por periodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pùblica vinculante.

Punto 5
La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversidad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de genero e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión.

Punto 6
Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopòlicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos

Punto 7
El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales.

Punto 8
En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y ele espectáculo.

Punto 9
Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica.

Punto10
No podrán ser titulares de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.

Punto11
Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales.

Punto 12
Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán promover una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinara una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV publica nacional y de Radio nacional; y de igual forma se reservara al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal. Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema publico de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades publicas nacionales.

Punto 13
Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33 % de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad.

Punto 14
La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentara la obligación de  inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales.

Punto 15
La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia.

Punto 16:
Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio publico o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional.

Punto 17
La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá entandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad.

Punto 18
Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia.

Punto 19
La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales.

Punto 20
Se creara la figura de la “Defensoria del público”, con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizara las inquietudes de los habitantes de la Nación.Deberá incluirse un capitulo que garantice los derechos del publico. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoria del público.

Punto 21
En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado.

domingo, 7 de noviembre de 2010

Proceso de aprobación de la ley

La Coalición por una Radiodifusión Democrática es un grupo de más de 300 organizaciones sociales, comunitarias, de derechos humanos, sindicales y de pequeñas y medianas empresas que, tras meses de trabajo en conjunto, propusieron el día 27 de agosto de 2004 una lista de 21 puntos básicos que, según su criterio, debía tener la nueva ley de radiodifusión que reemplazara a la sancionada por la última dictadura militar.
El 27 de agosto de 2004, la Coalición por una Radiodifusión Democrática elaboró la «Iniciativa ciudadana por una ley de radiodifusión para la democracia» o "Veintiún puntos básicos por el derecho a la comunicación", conocida como "los 21 puntos". Los 21 puntos se establecieron con el fin de precisar una serie de pautas fundamentales para conformar un sistema de medios de comunicación compatibles y promotores de la democracia.


Proyecto de Cristina Fernández de Kirchner

La sanción de una nueva ley de radiodifusión fue uno de los puntos que figuraban en la plataforma electoral presentada por el Frente para la Victoria para las elecciones presidenciales de 2007.
En 2009, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner impulsó un proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para reemplazar a la legislación entonces vigente. Según sus impulsores, el propósito de la misma era desconcentrar el mercado de la radiodifusión y facilitar la entrada al mismo de nuevos inversores, medios comunitarios y asociaciones sin fines de lucro, así como también contemplar nuevas tecnologías como la digitalización.El texto propuesto se redactó sobre la base de los "veintiún puntos básicos por el derecho a la comunicación", que fueron consensuados después de un prolongado proceso de debates entre diferentes especialistas.

Aprobación en la Cámara de Diputados

El 16 de septiembre de 2009 se desarrolló una sesión especial de la Cámara de Diputados para tratar los cinco dictámenes (uno por la mayoría y cuatro por la minoría) que surgieron del plenario de las comisiones de Comunicaciones e Informática, de Presupuesto y Hacienda, y de Libertad de Expresión.Los bloques de la Unión Cívica Radical, la Coalición Cívica, Propuesta Republicana y del peronismo disidente, expresaron objeciones reglamentarias y luego abandonaron la sesión.
Finalmente, tras 14 horas de debate, a la 1:20 de la mañana del 17 de septiembre, el proyecto fue aprobado en general por 147 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.


Aprobación en el Senado
El viernes 9 de octubre, minutos después de las diez y media de la mañana, se inició el tratamiento del proyecto con media sanción de Diputados. En una larga sesión que se extendió por aproximadamente veinte horas y finalizó el sábado 10 a las seis y diez de la mañana, el Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto. El texto fue aprobado en general con 44 votos a favor y 24 en contra.
(Fuente:Wikipedia)

¿Qué es la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y cómo surge?

La  Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual es una ley que establece las pautas que rigen el funcionamiento de los medios radiales y televisivos en la República Argentina.
Esta legislación fue promulgada el 10 de octubre de 2009 por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y reemplazó a la Ley de Radiodifusión 22.285, que había sido promulgada en 1980 por la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional y se había mantenido vigente desde entonces.
Desde la recuperación de la democracia el 10 de diciembre de 1983, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar la norma de la dictadura y sancionar una nueva ley, en consonancia con las necesidades cívicas y participativas de la democracia. Los presidentes Raúl Alfonsín en 1988 y Fernando de la Rúa en 2001, presentaron sendos proyectos de ley, que no pudieron ser tratados, afectados por fuertes presiones por parte de los intereses involucrados.
En agosto de 2009, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió un proyecto de ley a la Cámara de Diputados para reemplazar la ley de radiodifusión, luego de haber sido debatido por un año, en 24 foros que se desarrollaron en distintos puntos del país, una propuesta de proyecto de ley basada en veintiún puntos presentados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática en 2004.
El proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina fue aprobado por esta cámara luego de que se le realizaran más de 100 modificaciones, adquiriendo de esta manera la media sanción. En la Cámara de Senadores de la Nación fue aprobado por 44 votos a favor y 24 en contra.

(Fuente: Wikipedia)